Protección directa de aeronave

Protección directa de aeronave estacionada

La seguridad de las aeronaves estacionadas en los aeropuertos cubanos es una de las máximas prioridades de nuestra institución. Para esto nuestros agentes de seguridad están capacitados para brindar la  protección directa de aeronave estacionada. El servicio comienza a partir de que la aeronave es estacionada en la terminal o rampa de estacionamiento.

El servicio  de protección directa de aeronave estacionada se puede prestar en dos variantes.

1. Para las aeronaves que continúan vuelo cumplido su TPT. En este caso y en dependencia de la solicitud del cliente, los agentes de seguridad pueden ser ubicados en:

  • En los trenes de aterrizaje con el objetivo de impedir la cercanía a la misma de personal ajeno a las operaciones.
  • En las puertas de acceso con la finalidad de controlar el acceso al interior de la aeronave. Se permite el paso solamente a las autoridades y personal en relación directa con la operación.

2. Para las aeronaves que permanecerán cerradas en rampa. En este caso se ubica un agente para la protección de la misma. En primer lugar se exige que la tripulación entregue la aeronave debidamente cerrada y es el momento a partir del cual asume la responsabilidad el agente de seguridad.

  • Protección directa de aeronave
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